Se acerca el buen tiempo y comenzamos a pensar en las piscinas. En la Comunidad de Madrid se considera que la piscina comunitaria adquiere carácter público si está ubicada en una comunidad de más de 30 viviendas.
En las piscinas comunitarias existen una serie de requisitos mínimos relativos a seguridad, higiene y mantenimiento de las instalaciones que son prácticamente idénticos en todas las Comunidades Autónomas:
1.- Socorristas: Suele ser obligatorio que haya uno mientras la piscina permanezca abierta. El número de socorristas obligatorio variará dependiendo del tamaño o tipo de piscina.
2.- Disponer de un botiquín de primeros auxilios, correctamente equipado y situado en lugar visible.
3.- Normas de uso interno: aprobadas en junta de vecinos por mayoría, deberán rezar en la entrada de la piscina y en el interior de las instalaciones en un lugar perfectamente visible.
En este listado de normas hay que incluir un horario delimitado de apertura y cierre, sujeto a lo que venga establecido en los Estatutos de la Comunidad o bien se haya decidido por mayoría en junta de propietarios.
En cuanto a la normativa relativa a temporada verano 2021 y pendientes de modificaciones por la pandemia COVID-19 estas son las restricciones de cumplimiento obligado:
1.- Respetar el aforo permitido (60% según orden de la Comunidad de Madrid)
2.- En la utilización de las piscinas se mantendrán las debidas medidas de seguridad y protección, disponiendo cada usuario de 3 metros cuadrados de superficie en el vaso.
3.- Los usuarios deberán respetar la distribución espacial marcada por la comunidad. Cada usuario deberá disponer de 3 metros cuadrados de superficie en la zona de playa (contigua al vaso y a su andén y paseo), y que se destina al esparcimiento y estancia de los usuarios.
4.- Todos los objetos personales, como toallas, deberán permanecer dentro del perímetro establecido, evitando el contacto con el resto de usuarios.
5.- Se habilitarán sistemas de acceso que eviten la acumulación de personas y que cumplan las medidas de seguridad y protección sanitaria.
6.- Los usuarios podrán hacer uso de los vestuarios de los baños (se deberán limpiar al menos dos veces al día)
7.- Durante las labores de limpieza y desinfección (al menos dos veces al día), no se podrá hacer uso de la instalación.
8.- Será obligatorio el uso de la mascarilla en los accesos, desplazamientos y paseos que se realizan en las instalaciones de la piscina.
Como recomendación indicar que se deberá realizar el acceso al vaso a través de las escaleras, preferiblemente una de ellas, para facilitar el control siempre que no ocasione aglomeraciones.
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Fuentes:
CAF Madrid